Todo lo que debes saber sobre el deporte de aventura
El deporte de aventura es un fascinante mundo que te atrapa y te ofrece todo lo que necesitas para escapar de la rutina ...
Galia le ofrece el seguro obligatorio de caza y el seguro de pesca (para pescadores el seguro es obligatorio en las comunidades autónomas de Andalucía, Catalunya y Región de Murcia).
El seguro de caza es un instrumento obligatorio para poder obtener la licencia de caza, y además es indispensable para poder protegerse ante cualquier incidente que pueda ocurrir durante el devenir de su actividad. Además, en Galia le ofrecemos coberturas opcionales que podrá incluir en su póliza para lograr una total protección.
Por su parte, el seguro de pesca es obligatorio solo en algunas comunidades, aunque es un instrumento indispensable para protegerse ante posibles reclamaciones vinculadas a la causa de daños o perjuicios.
El seguro obligatorio de caza es un seguro que se exige para la práctica de este deporte y cubre los daños corporales a terceras personas con un límite de 90.151,82 € por víctima. De hecho, la licencia de caza no se puede obtener sin antes haber acreditado la contratación de este seguro. Además, en la Región de Murcia es también obligatoria la suscripción de un seguro para los accidentes sobrevenidos durante la práctica deportiva de la caza.
Por su parte, el seguro de pesca es obligatorio en determinadas comunidades autónomas (Andalucía, Catalunya y Región de Murcia) y cubre el pago de las indemnizaciones por daños corporales, materiales y perjuicios a terceros por hechos derivados de la pesca deportiva con caña dentro del territorio nacional.
Se garantiza el pago de las indemnizaciones que sean exigibles por los daños corporales y materiales causados a terceros durante el ejercicio de la caza. Cubre, además, las fianzas judiciales y las costas judiciales, excepto sanciones y multas.
La responsabilidad civil garantizada también incluye la posesión o uso, con fines lícitos y el correspondiente permiso, de armas destinadas al ejercicio de la caza o del tiro deportivo, la propiedad de un máximo de dos perros de caza y la participación en competiciones autorizadas de tiro deportivo o en los entrenamientos de las mismas, siempre que se realicen en el recinto adecuado.
Cubre los accidentes sufridos durante el ejercicio de la caza o la práctica del tiro deportivo, así como los que pudieran ocasionarse al desplazarse desde su lugar de residencia a las zonas de caza o a las competiciones oficiales para las que haya sido convocado.
En la comunidad autónoma de la Región de Murcia, el accidente con motivo del ejercicio de la caza sólo queda cubierto en temporada hábil, o en las 48 horas precedentes o posteriores a la fecha, así como si ocurriera durante su desplazamiento obligatorio para la práctica de la caza.
En caso de accidente del asegurado cubre su traslado hasta el centro hospitalario adecuado y/o al traslado del vehículo asegurado desde el lugar del accidente hasta el lugar que se señale al efecto.
Dicho accidente debe ocurrir durante la práctica de la caza o en desplazamientos única y exclusivamente dentro de la finca en que ésta se practique y siempre que el día de ocurrencia sea hábil para su práctica.
Cubre la reclamación de daños y perjuicios y la defensa penal del asegurado, siempre y cuando estén relacionados con la actividad como cazador.
Cubre la indemnización por los daños derivados de la pérdida del arma autorizada para el ejercicio de la caza, según las condiciones particulares de la póliza. Quedan excluidos las averías, daños parciales, el hurto o las pérdidas o extravíos de las armas aseguradas.
Modalidades de seguro específicas en función del ámbito territorial de aplicación, en Europa y/o en el resto del mundo. Incluye responsabilidad civil, accidentes personales y gastos de cancelación del viaje contratado.
Accidentes personales del pescador
Cubre los accidentes sufridos con motivo del ejercicio de la pesca deportiva con caña o en el transcurso del desplazamiento desde el lugar de residencia hasta la zona de pesca. Es una cobertura obligatoria en las comunidades autónomas de Cataluña y la Región de Murcia.
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