DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE GESTIÓN DE RIESGOS Y PATRIMONIOS GALIA S.L.

Este Departamento de Atención al Cliente tiene como función principal tramitar y resolver las quejas y reclamaciones que puedan presentar aquellos clientes personas físicas o jurídicas por los servicios prestados por Gestión de Riesgos y Patrimonios Galia S.L.

Si usted desea presentar una queja o reclamación tenga en cuenta que debe seguir estos pasos:

1. Cumplimente el escrito adjunto ( FORMULARIO DE QUEJA O RECLAMACIÓN) y envíelo a este Departamento de Atención al Cliente:

Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros

Departamento de Atención al Cliente

C/ Alcalá, 96, 6º 2ª, 28009 Madrid. Teléfono: 914111963

Dirección electrónica: atencioncliente@mediadores.info

En un plazo de 1 mes a partir de la fecha de presentación del escrito le atenderemos y resolveremos sus quejas y/o reclamaciones

2. En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento de este Departamento, o si transcurrido un mes desde que usted ha presentado su queja o reclamación, no hemos resuelto su petición, puede dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Este procedimiento es escrito y las quejas y reclamaciones se pueden presentar de dos formas:

A) En soporte papel, dirigiendo el escrito al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, situado en el Paseo de la Castellana, 44-28046 Madrid. Tfno. 952 24 99 82

B) Por vía telemática con firma electrónica, a través de la página web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro «Reglamento del Departamento para la Defensa del Cliente«.

 

INFORMACION SOBRE EL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE MEDIADORES DE SEGUROS

1- OBJETO:

Atender y resolver las quejas y/o reclamaciones que puedan presentar los clientes de corredores y de sociedades de correduría, en relación con sus intereses y derechos legalmente reconocidos.

2- DESTINATARIOS:

Toda persona interesada en formular quejas y/o reclamaciones contra distribuidores de seguros acogidos al Departamento de Atención al Cliente prestado por esta entidad.

3- FORMA DE PRESENTAR LAS QUEJAS Y/O RECLAMACIONES:

La presentación de las quejas y reclamaciones podrá efectuarse, personalmente o mediante representación, en soporte papel o por medios informáticos, electrónicos o telemáticos, siempre que estos permitan la lectura, impresión y conservación de los documentos.

4- LUGAR EN EL QUE PRESENTAR LAS QUEJAS Y/O RECLAMACIONES:

En la oficina del corredor/correduría de seguros o en el Departamento de Atención al Cliente del corredor/correduría de seguros.

5- DATOS DE CONTACTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE

Titular del servicio: Consejo General de Colegios de Mediadores de Seguros

Dirección postal: C/ Alcalá, 96, 6º 2ª, 28009 Madrid

Dirección electrónica: atencioncliente@mediadores.info

Teléfono: 914111963

6- CONTENIDO NECESARIO DEL ESCRITO DE QUEJA O RECLAMACIÓN:

  • Nombre, apellidos, domicilio y número del documento nacional de identidad del interesado y, en su caso, de la persona que lo represente, debidamente acreditada.
  • Motivo de la queja o reclamación, con especificación clara de las cuestiones sobre las que se solicita un pronunciamiento.
  • Oficina, departamento o servicio donde se hubieran producido los hechos objeto de la queja o reclamación.
  • Que el reclamante no tiene conocimiento de que la materia objeto de la queja o reclamación está siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial.
  • Lugar, fecha y firma.

El reclamante deberá aportar, junto al escrito de queja o reclamación, las pruebas documentales que obren en su poder en que se fundamente su queja o reclamación.

7- DECISIÓN SOBRE LA RECLAMACIÓN O QUEJA:

El Departamento de Atención al Cliente acusará recibo con carácter inmediato y, si fuese preciso, recabará, todos los datos y documentos necesarios para estudiar la queja y/o reclamación. El plazo máximo para resolver será de un mes, a contar desde la fecha de presentación de la reclamación o queja.

La decisión final adoptada, que siempre será vinculante para la entidad, será notificada a los interesados por correo certificado con acuse de recibo o correo electrónico, según la solicitud del reclamante, en el plazo de 10 días naturales, a contar desde la fecha de su presentación.

8- TRÁMITES POSTERIORES A LA DECISIÓN:

Denegada la admisión de la reclamación o de la queja, desestimada total o parcialmente su petición o transcurrido el plazo de un mes, a contar desde la fecha de su presentación en el Departamento de Atención al Cliente, sin que la misma haya sido resuelta, el reclamante podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

El plazo para presentar el escrito ante este Servicio de Reclamaciones será de un año, a contar desde el día en que presentó la reclamación o queja ante el Departamento de Atención al Cliente.

Los datos a facilitar serían los siguientes:

Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

Paseo de la Castellana, 44-28046 Madrid. Tfno. 952 24 99 82

Web: www.dgsfp.mineco.es

9- NORMATIVA DE TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DEL CLIENTE:

  • Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
  • Orden ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
  • Reglamento del Servicio de Atención al Cliente. Dicho texto está a disposición de los clientes en las oficinas del mediador y, en su caso, en la página web de este.
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